Cerrar
Este apoyo estatal, se otorgará a los beneficiarios (las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas) que realicen contrataciones o vinculaciones en la vigencia 2021, por los trabajadores adicionales entre los 18 y 28 años de edad contratados como nueva planta en la vigencia.
En caso de que la solicitud sea aprobada por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP, se procederá a la notificación y al abono del subsidio correspondiente.
Fechas para radicación según mes de postulación
Mes |
Fecha de postulación | |
---|---|---|
Inicio | Fin | |
Mayo | 22/05/2020 | 29/05/2020 |
Junio | 04/06/2020 | 17/06/2020 |
Junio | 04/06/2020 | 17/06/2020 |
Lo puedes radicar en cualquier de nuestras oficinas a nivel nacional, o por intermedio de tu ejecutivo de negocios.
La aprobación o rechazo del subsidio estará sujeta a la revisión por parte de La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP.
Una vez recibamos la respuesta por parte de la UGPP, se estará notificando a través del correo electrónico establecido en los formularios, la aprobación o rechazo de la postulación al subsidio.
El PAEF es el programa de apoyo al empleo formal que el gobierno nacional reglamentó en el decreto 639 del 8 de mayo de 2020 y el cual se modificó con el decreto 677 del 19 de mayo de 2020.
Por el cual se reglamenta un subsidio para los empleadores con un aporte de hasta el 40% del valor del salario mínimo legal mensual vigente de ($351.000) por cada empleado, al cual puede acceder para los meses de mayo, junio y julio de 2020.
Las entidades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50% de su capital.