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El valor asegurado será el valor comercial del inmueble incluyendo sus partes destructibles.
Incendio y caída directa de rayo
Explosión
Extensión de cobertura
Daños por agua
Daños por anegación, avalancha y deslizamiento
Asonada, motín, conmoción civil o popular y huelga (HMACCP)
Rotura accidental de vidrios
Terremoto, temblor o erupción volcánica y maremoto o tsunami
Actos malintencionados de terceros (AMIT)
Daños provenientes de actos terroristas
Plomería
Cerrajería
Vidrios
0,0486% incluido IVA
Póliza de Incendio y Terremoto Asociada a Crédito de Vivienda o Leasing Habitacional
Vida (muerte por cualquier causa)
Incapacidad Total y Permanente
Valor asegurado: El valor asegurado será el saldo insoluto de la obligación a la fecha de ocurrencia del siniestro.
Vigencia de la póliza desde el desembolso hasta la finalización del crédito o cambio de compañía aseguradora.
Si lo requiere, exámenes médicos sin costo para riesgos que declaren que hayan padecido o padezcan alguna enfermedad.
Puede aplicar extra-prima de acuerdo con enfermedades declaradas en la solicitud de asegurabilidad.
0,0408%
El deudor asegurado podrá contratar los seguros con otra aseguradora siempre que las condiciones del seguro sean, cuando
menos, iguales a aquellas plasmadas en el pliego de condiciones de la licitación. Decreto 2555 de 2010 - Artículo 2.36.2.2.5.